Allá
por los lejanos días de 1977 se aprobó la ley para la reforma política que
sería la semilla germinadora de la posterior Constitución de 1978.
Reunidos
los constituyentes acataron sin grandes desacuerdos una de las disposiciones
que dejó bien atada el Dictador: Su sucesor en la Jefatura del Estado sería
Juan Carlos de Borbón a título de rey.
El
desarrollo de los acontecimientos es de sobra conocido para que haya necesidad
alguna de repetirlos. El hijo (Juan Carlos) se saltó la cadena dinástica por
imposición del tirano y desplazó de sus derechos a la corona de España a su
propio padre (D. Juan Conde de Barcelona). El hombre se debió quedar catatónico
cuando se diera cuenta que le acababan de birlar un Reino y se
lo habían cambiado por un Condado.
Esta
concesión al testamento del anterior Jefe del Estado no fue la única, hubo
otras convenientemente camufladas en un halo de olor a democracia. España dejó
de ser Católica, Apostólica y Romana pero
poco. Aparecía un Estado aconfesional sigilosamente tutelado por la jerarquía
Católica para no perder prebendas ni privilegios.
De
esta forma se refrenda el Concordato cambiando
el nombre pero manteniendo la esencia: los Acuerdos
de los años 76 y 79 se articulan mediante colaboraciones
en materia educativa, surgen los conciertos con entidades religiosas de
enseñanza y se estudia la subvención que debería concluir, con el paso de los
años, en una total autofinanciación por parte de la Iglesia Católica; nunca se
ha conseguido, la Iglesia se sigue sosteniendo a través de los presupuestos
generales del Estado, sea el gobierno del color que sea.
Estas
carencias de nuestra Carta Magna siguen en pie porque la voluntad política está
tremendamente alejada de hacer ningún movimiento que disguste a los poderes en
la sombra, por ejemplo: el afamado Club Bildelberg con
la reina Sofía entre sus miembros y a los Obispos, luz que guía a numerosos
participantes en los Consejos de Ministros por su pertenencia al OPUS DEI u
otras sociedades de similar pelaje.
¿Hacia
dónde nos lleva esto? Pues a que al “Campechano” le suceda el “Preparado” sin
que ni siquiera llegue a cuestionarse que esta forma de Jefatura de Estado fue
dictada por un sátrapa que mantuvo al país en un estado de absoluto control después
de alcanzar el poder por la fuerza y mantenerlo durante cuarenta años por el
terror. Digan lo que digan personajes de la catadura moral de Mayor Oreja y sus
comparsas revisionistas cuando califican el periodo como de “extraordinaria
placidez”. Seguramente para él y su familia el calificativo es correcto, pero
que el autor de la frase fuera nombrado Ministro es todo un síntoma de la escasa
exigencia democrática de la que hacemos gala los españoles y ¡Ojo! Que estuvo a
puntito de ser señalado por el dedo otorgador de Aznar, al igual que Rodrigo
Rato que también pululaba por la libreta azul del mentecato.
El
otro punto que quedó atado y bien atado ha sido la posición de la Curia Católica.
Para ello nada mejor que dejar a la interpretación de los jueces la
constitucionalidad de determinadas medidas, así consiguen con la indefinición que
las posteriores modificaciones que ha tenido el Código Penal contemple artículos
que llevan a otorgar a los Juzgados Ordinarios atribuciones parecidas a las que
adornaban al Tribunal del Santo Oficio, el Artículo 525 del C.P. es una prueba
concluyente.
Se
refiere el mencionado Artículo a las penas por ofensas al sentimiento
religioso. Concepto bastante ambiguo si atendemos a la definición que la RAE
hace de sentimiento:
-
Impresión que causan en el alma las cosas
espirituales.
-
Intuición o presentimiento confuso e irracional.
-
Parte del ser humano opuesta a la inteligencia.
-
Estado de ánimo.
Otra definición de sentimiento lo describe como estado de
ánimo que se produce por causas que lo impresionan.
¿Cómo se puede ofender tan gravemente estas ambigüedades para
que tengan que ser contempladas por el Código Penal? ¿Alguien - excepto Mariló Montero que la encuentra en
los riñones o hígados trasplantados - ha visto el alma?
La consecuencia es que aprovechando esta rendija, determinadas
asociaciones inundan los Juzgados de querellas por ofensas contra sus
sentimientos: Los religiosos católicos, los únicos susceptibles de ser
ofendidos ¡que sensibles son!
La última presencia en los tribunales está teniendo lugar
contra unas mujeres activistas en defensa de los derechos de la mujer. La cofradía
del coño insumiso supuestamente ha ofendido la sensibilidad de la Asociación de
Abogados Cristianos exhibiendo la imagen de una vagina enorme.
A los abogados cristianos les ofende la reivindicación que
hace un colectivo femenino sobre la propiedad de sus cuerpos, sobre su derecho
a decidir lo que quieren hacer con él, en cambio no dicen nada cuando el Obispo
Echevarría otorga a su dios una condición de vengador injusto castigando a los
hijos (discapacitados o subnormales según sus palabras) por los pecados de los
padres ¡Vaya juez eterno que hace pagar a inocentes los delitos de los padres
infractores! Eso sí que debería ofenderles, eso sí que es un insulto a la
inteligencia.
O el otro Obispo que considera que los casos de pederastia que
asolan a la institución se producen por la obscena provocación a la que son
sometidos los pederastas por parte de los niños consentidores ¿Eso tampoco les
ofende? ¿Ni que la Iglesia se apropie de bienes comunales en beneficio propio?
Tan solo se muestras dolidos en su sensibilidad con la
exhibición de una vagina gigante ¡Qué curioso! Todas las ofensas están
relacionadas con el sexo.
¿No será que de tanto vivir reprimidos ven brujas en todas
partes? Naturalmente la pregunta es sin ánimo de ofender que hilan muy fino
estos ultramontanos.
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