Están empeñados nuestros gobernantes
en demostrarnos frecuentemente su total desprecio por las normas de
convivencia, convirtiendo la gestión de los hechos públicos en una verbena
privada que tiene lugar en su finca particular. Para ello no tienen el menor
empacho en utilizar las instituciones y organismos, pagados con dinero de todos,
para convertir en realidad sus fines.
Señores que llevan repitiendo la
necesidad de reducción del gasto público como eje central de su política
económica, utilizan los medios que hemos puesto en sus manos para sus fines
personales sin importarles lo mas mínimo el derroche que producen. Cualquier
artimaña es válida con tal de alcanzar sus objetivos.
Cuando no se han apagado los ecos de
las risas internacionales que ha provocado la concesión de la medalla al merito
policial a la virgen del santísimo amor y por mor de la demanda presentada por
Europa Laica, y MHUEL pidiendo que le sea retirada a la santísima señora la
mencionada condecoración, la abogacía del estado ha realizado un ejercicio de
equilibrio en barra y ha presentado un escrito ante la Sala Central de la
Audiencia Nacional solicitando que se declare incompetente la mencionada Sala.
Entendiendo la difícil papeleta que
tiene la letrada, choca sobremanera la línea argumental que sigue para requerir
la declaración de incompetencia de la sala.
Nos dice en su escrito la abogada del
Estado que la Sala no puede entender del asunto pues la virgen no tiene la
condición de persona. Totalmente de acuerdo.
Tampoco tiene el ministro, o
ministerio en este caso, la condición de organismo. Discutible.
En base a estas premisas ahora, a
pocos días de la vista oral, se le ocurre una argucia jurídica para dilatar el
proceso, y que sea la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia
quien dictamine sobre el caso. Claro que podría darse el caso que la Sala de lo
CA también se declarara incompetente y hubiera que formar una nueva Sala, que
se podría denominar como ¨Sala de los Hechos Divinos¨, para que juzgara la
ocurrencia del ministro de ir dando medallas como si se tratara de la violetera
repartiendo violetas.
El proceso sería mucho más fácil, si
como ha solicitado la Sala al ministerio, se presentara el expediente por el
que se le concede la condecoración a la virgen. Debe ser un expediente X porque
no aparece. En él tienen que estar señalados los meritos que se atribuyen a la
condecorada para hacerla acreedora de la distinción:
Su condición de persona ejemplar
¡caramba que hemos quedado que no es persona!
Los hechos policiales relevantes que ha
realizado la condecorada.
El organismo que propone la condecoración ¡se
me olvidaba que el ministro no es organismo!
Pobre abogada, me la imagino elucubrando que hacer, para no hacer mucho el
ridículo.
¿Y el ministro? Pues a lo suyo. Sus
rezos, sus rosarios, su utilización de los medios y servicios públicos para
tranquilizar su conciencia, y que interceda la virgen para el perdón de sus
pecados. Todo muy loable si lo hiciera al margen de su condición de servidor
público, en lugar de hacerlo sirviéndose
de lo público. Quizás el escrito de la abogacía del estado tenga razón y aquí
haya un incompetente, que mire al ministro y no a la Sala.
Solo espero que el escrito vaya en
papel de celulosa y el magistrado pueda darle el debido uso en sus necesidades
diarias.
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